Despachos de abogados
Hoy en día, son muchos los profesionales de la abogacía que acuden a las agencias de detectives en representación de su cliente.
La Ley 5/2014 del 4 de abril reconoce y regula legalmente la figura del detective privado. De esta manera el informe del detective adquiere carácter de prueba en un proceso, y convierte al detective en colaborador excepcional, pues le habilita para la “realización de las averiguaciones que resulten necesarias para la obtención y aportación de información y pruebas sobre conductas o hechos privados” (artículo 48).
La nueva Ley de Enjuiciamiento Civil (art.265, Ley 1/2000, de 7 de enero) otorga una relevante importancia a las pruebas e informes emitidos por Detectives. El Tribunal Supremo define al Detective Privado como testigo privilegiado en todo procedimiento judicial, siendo un medio de prueba dotado de exclusividad.